Nacional
¿Qué te pareció esta noticia?
Califícala

  • Comparte
     

23-Abril-2008

Desecha TEPJF impugnación del PRD

Notimex

La Sala Superior determinó dar el mismo trato a los partidos políticos en el caso de los spots

La Sala Superior del TEPJF desechó por extemporánea una demanda del PRD contra la resolución del Consejo General del IFE por la que determinó dar el mismo trato a los partidos políticos en el caso de los spots de la elección federal de 2006 no reportados o indebidamente acreditados.

En sesión pública, los magistrados avalaron por unanimidad el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos López, quien demostró que el representante del PRD ante el Consejo General del IFE, Rafael Hernández Estrada, presentó tarde su querella contra la medida.

El PRD había recurrido al máximo órgano jurisdiccional del país para promover un recurso de apelación contra el acuerdo CG37/2008 del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), a través del cual se ordenó la reposición de los procedimientos de revisión de informes de campaña 2006.

La medida beneficiaría a los partidos Acción Nacional y Alternativa Socialdemócrata, así como de las entonces coaliciones Alianza por México y Por el Bien de Todos, en este caso sólo en lo que corresponde a Convergencia.

El partido del sol azteca consideró injusto que esos partidos y coaliciones fueran beneficiados con el mismo método que se aplicó al PRD, Nueva Alianza y PT, quienes en su oportunidad se inconformaron ante el TEPJF con el inicio de procedimiento oficios por el caso de los spots no reportados.

Los magistrados acordaron este miércoles declarar improcedente el recurso y desechar la demanda, ya que fue promovida de manera extemporánea.

La sentencia señala que el recurrente, Rafael Hernández, tuvo conocimiento del acto impugnado el 12 de marzo del año en curso, al haber estado presente en la sesión del Consejo General en la que se aprobó el acuerdo, pero la demanda fue formulada hasta día 24 del mismo mes.

Esto significa que la inconformidad fue promovida una vez que transcurrió el plazo legal para formular la demanda, esto es, del 13 al 18 marzo.

De esta forma queda firme el procedimiento abierto por el IFE para poner punto final al caso de los spots de campaña del proceso electoral 2006.

egc

1 de 3
Páginas
 
ENVÍA TUS COMENTARIOS

Envíanos tus opiniones y si quieres contar con todas las funcionalidades de comentarios como responder a tus los participantes, necesitas accesar tu cuenta en el LOGIN

Si eres NUEVO USUARIO, da click aquí para Registrarte.

Te recordamos que es GRATIS y tendrás acceso a todo el sitio del nuevo EXonline, entre otros beneficios.

Nombre:
Comentarios:
Filtrar
Loading...