La artista tendrá que presentarse en la dependencia estatal en una audiencia para el desahogo de pruebas
La cantante mexicana Paulina Rubio tendrá que comparecer ante la Secretaría de Gobernación (Segob) como parte del proceso administrativo que inició la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico, con motivo de las fotografías donde aparece la artista, cubriendo su cuerpo desnudo con una Bandera Nacional.
Como lo publicó Excélsior, el pasado 11 de octubre, la dependencia federal llevó a cabo un análisis de dichas imágenes para determinar si efectivamente el lienzo con el que La chica dorada aparece en dichas impresiones, en la edición española de la revista Cosmopolitan, se trataba de un estandarte nacional violando la Ley sobre la Bandera, el Escudo y el Himno Nacionales.
“Es indispensable analizar las imágenes que se publican, para determinar si procede realizar alguna acción.
“En el análisis es necesario verificar fehacientemente si realmente se trata de la Bandera Nacional Mexicana y no de un lienzo que tenga los colores verde, blanco y rojo, ya que la Bandera cuenta con ciertos elementos que incluyen la reproducción del Escudo Nacional en la franja blanca”, señalaba la ficha informativa a la que El periódico de la vida nacional tuvo acceso, en esa ocasión.
Una vez que se determinó que se trata de una Bandera Nacional se inició el proceso administrativo en contra de quien resulte responsable, por lo que “durante el proceso, la cantante y los implicados tendrán derecho a una audiencia para aportar pruebas en su defensa y ser cuestionados”, según la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico.
Hasta el momento no se han determinado las fechas para que se lleven a cabo las comparecencias, sin embargo una vez concluido el proceso se deslindaran responsabilidades.
En caso de que Paulina Rubio sea responsable de alguna falta a la Ley se impondrá una multa de 250 salarios mínimos o “una multa mayor, agravada por la utilización de las fotos con fines de lucro”.
Igualmente, la Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico señaló que con base en la Ley de Transparencia, toda la información derivada de un proceso en forma de juicio es de carácter reservado en tanto no se concluya el mismo, por lo que no se darán detalles del proceso.
Según sentencia el artículo 32 de la Ley sobre la Bandera, el Escudo y el Himno Nacionales: “Los particulares podrán usar la Bandera Nacional en sus vehículos, exhibirla en sus lugares de residencia o de trabajo.
“En estos casos la Bandera podrá ser de cualquier dimensión y con el escudo impreso en blanco y negro. El particular observará el respeto que corresponde al símbolo nacional y tendrá cuidado en su manejo y pulcritud”.




