Tendrán este beneficio para las cuotas que se causen a partir del primer día de este mes, yq ue corresponden a los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, y de guarderías y prestaciones sociales
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer hoy el decreto por el que se exime del
pago de 5.0 por ciento de la parte de las cuotas obrero patronales previstas en la Ley del Seguro Social.
Los patrones tendrán este beneficio para las cuotas que se causen a partir del primer día de este mes, correspondientes a los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, y de guarderías y prestaciones sociales.
La dependencia publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto emitido por el Ejecutivo federal y que estará vigente a partir de mañana y hasta el 31 de diciembre de este año.
De esta manera, se establece que para aplicar el beneficio, los patrones deberán estar registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no ser una entidad pública cuyas relaciones laborales se rijan por el apartado A del artículo 123 constitucional ni formar parte de las administraciones públicas federales, estatales
o municipales.
Además, deberán tener inscritos a todos sus trabajadores ante el IMSS y no tener a su cargo créditos fiscales firmes a favor del propio Instituto.
En el documento, con el que se hace oficial el anuncio hecho la víspera por el Ejecutivo federal como parte del Programa de Apoyo a la Economía, la SHCP destaca que el IMSS podrá expedir los lineamientos operativos y demás disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación de este decreto.
La Secretaría de Hacienda aclara que por su conducto, el gobierno federal proveerá al IMSS los recursos financieros necesarios para cubrir los costos de los beneficios de este decreto.
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