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30-Sep-2009
Horizonte político
José Antonio Crespo
Equidad versus libertad
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió echar atrás el fallo del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) que a su vez había ratificado la determinación del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) de anular los comicios en las delegaciones de Miguel Hidalgo y Cuajimalpa, ambas ganadas por Acción Nacional. El motivon de la anulación es que así lo determina la normatividad electoral capitalina cuando se ha rebasado el tope de gastos de campaña. Dicha norma busca como muchas otras la equidad en la justa electoral, pero plantea problemas en la ponderación de cuánto dinero se gastó en una campaña determinada. Los candidatos a veces no controlan el gasto que hace su partido, lo cual podría ser un error o un abuso de su parte, y que terminaría pagando un candidato que actúa sin dolo (aunque también hay sanción para el partido postulante, pues la ley capitalina determina que, al anularse una elección, en la extraordinaria no podrán competir ni el candidato ni su partido, siendo lo segundo, a mi juicio, un exceso).
El caso que más llamó la atención fue el de Demetrio Sodi de la Tijera (candidato en la delegación Miguel Hidalgo), pues fue entrevistado el 23 de mayo por Televisa en pleno juego de futbol, en donde expuso ideas relacionadas menos con ese evento y más con su plataforma electoral. Una entrevista que pudo haber inclinado a su favor a los votantes (se puede discutir si una entrevista con dicho alcance pudo ser determinante o no en el resultado final, pues Sodi ganó oficialmente por siete puntos porcentuales de diferencia). El caso es que dicha entrevista en principio rompe la equidad que busca la ley aplicable, lo mismo si fue pagada (lo que no pudo comprobarse) o producto de una donación interesada de la televisora o un suceso fortuito (lo que resulta inverosímil). El Reglamento del IEDF señala que incluso si ese tipo de entrevistas no hubieren sido pagadas, deberán considerarse como una donación en especie por parte del medio en cuestión, hacerse un cálculo a precios de mercado de lo que hubiera podido costar e incluir ese monto a los gastos de campaña. El TEPJF decidió hacer a un lado ese Reglamento interno (lo cual no es infrecuente) y determinar que, si no se probó el pago por la entrevista de marras, no contabilizarla a los gastos de campaña.
Evidentemente, los partidos y sus seguidores descalifican como parciales a las autoridades que fallan en su contra; en este caso, el IEDF y el TEDF en lo relativo al PAN, y la Sala Regional del TEPJF en el caso del PRD. Probablemente ambos partidos tengan razón, pues bien sabemos que el método de selección de las autoridades de tales instancias (por cuotas partidarias) se presta a que tomen las decisiones basadas en el interés de sus partidos promotores, interpretando la ley con ese parámetro. Casos como los de Sodi seguramente proliferarán en futuros comicios, incluido el presidencial de 2012. Más cuando el TEPJF ha dado su visto bueno a entrevistas “espontáneas” en medios de comunicación, si no hubo pago expreso y público, y aunque fuese un donativo en especie en virtud de algún compromiso privado o reflejo del interés político del medio en cuestión. De hecho, eso ya ocurrió también en la contienda de Nuevo León, donde el candidato priista, Rodrigo Medina, fue claramente favorecido por Televisa local.
Por todo lo cual, convendría considerar seriamente instaurar en la legislación pertinente (la capitalina, las estatales y la federal) la obligación de que, cuando un medio realice una entrevista o presentación de algún candidato (cualquiera sea la motivación para ello, sea dinero pagado por debajo de la mesa, una donación interesada o el interés genuino del medio para que el candidato en cuestión resulte ganador), sea realizada otra entrevista, en los mismos términos y condiciones, a sus adversarios. Así, quien pague la entrevista sea el candidato o el medio entrevistador tendrá que calcular si vale la pena realizarla, a sabiendas de que tendrá que dar la misma promoción a los demás contendientes. Esa regla existe en varios países democráticos y en absoluto es vista como un atentado a la libertad de expresión, sino como una elemental norma de equidad política y electoral.
Los candidatos a veces no controlan el gasto que hace su partido, lo cual podría ser un error o un abuso de su parte.
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